Visas de trabajo temporal

Las visas de no inmigrante permiten que los extranjeros vengan a los Estados Unidos para trabajar de manera temporal. Cada categoría de visa tiene requisitos de elegibilidad específicos que deben establecerse antes de la aprobación.

Estas categorías de visa incluyen:

  • Visitante temporal por negocios / turismo (B-1 / B-2):
    Para ciudadanos extranjeros que visitan los Estados Unidos por turismo (B-2) o actividades comerciales de naturaleza comercial o profesional en los Estados Unidos (B-1)
  • Comerciantes / inversores por tratado (E-1 / E-2):
    Para propietarios, ejecutivos, gerentes y trabajadores esenciales de empresas calificadas de países con tratados, que califican para realizar transacciones comerciales o inversiones basadas en tratados en los Estados Unidos.
  • Comerciantes / inversores por tratado (E-1 / E-2):
    Para propietarios, ejecutivos, gerentes y trabajadores esenciales de empresas calificadas de países con tratados, que califican para realizar transacciones comerciales o inversiones basadas en tratados en los Estados Unidos.
  • Visas de estudiante (F-1):
    Para estudiantes internacionales que buscan estudiar en los Estados Unidos. Algunos programas permiten que los estudiantes internacionales trabajen en los EE. UU. Como parte de su curso de estudio.
  • Trabajadores de ocupaciones especializadas / modelos de moda (H-1B):
    Para empleadores que deseen contratar extranjeros en puestos que requieran un título de licenciatura (ocupaciones especializadas) o como modelos de moda.
  • Trabajadores de ocupaciones especializadas de Chile o Singapur (H-1B1):
    Visa de trabajo temporal específicamente para inmigrantes de Chile y Singapur que trabajan en ocupaciones especializadas.
  • Programa de intercambio de visitantes (J-1):
    Visitantes de intercambio, investigadores académicos y profesores que participan en programas de intercambio cultural.
  • Personas transferidas dentro de la empresa (L-1):
    Personas que trabajan para una subsidiaria, matriz, sucursal o afiliada en el extranjero de una empresa estadounidense que vienen a trabajar en un puesto de conocimiento especializado (L-1B) o ejecutivo / gerencial (L-1A).
  • Personas de habilidad o logro extraordinario (O-1):
    Extranjeros que posean una habilidad extraordinaria en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo.
  • Atletas o animadores reconocidos internacionalmente (P-1):
    Artistas o atletas reconocidos internacionalmente que compiten a un nivel de rendimiento reconocido internacionalmente.
  • Trabajadores religiosos no inmigrantes (R-1):
    Personas que vienen a los EE. UU. Para trabajar como ministro u otra ocupación religiosa para una organización religiosa.
  • Profesionales TN NAFTA:
    Para empresas que buscan emplear a trabajadores mexicanos o canadienses en una profesión listada en el TLCAN.

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